El BOA publica hoy la orden de cierre del presupuesto de Aragón de 2020

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publica hoy la Orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública sobre el cierre del ejercicio presupuestario de 2020. De esta manera se regulan las operaciones de cierre contable del ejercicio con la finalidad de facilitar la gestión en todas las entidades del sector público autonómico, así como ordenar el proceso de liquidación del ejercicio para la formación de la Cuenta General.

Esta dinámica de actuación está regulada en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, que establece la necesidad de liquidar el presupuesto de cada ejercicio en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre de cada año natural. Dicha norma atribuye al Departamento de Hacienda la competencia para regular las operaciones de cierre contable.

La orden de cierre rubricada por el consejero de Hacienda y Administración Pública, Carlos Pérez Anadón, ratifica que el Presupuesto de 2020 es el que más tiempo ha estado en vigor en la Comunidad Autónoma, ya que ha estado operativo desde el 1 de enero y ha roto la tendencia que adelantaba el mecanismo de cierre incluso al mes de agosto.

El periodo de vigencia de las cuentas de 2020 resalta la importancia del presupuesto como instrumento para realizar las acciones políticas del Gobierno de Aragón, especialmente en año inusual como el actual, afectado de lleno por la Covid-19, que obligó, entre otras cosas, a reformular todas las partidas para hacer frente a la crisis sanitaria, y para poder poner en marcha la Estrategia Aragonesa de Recuperación Social y Económica a partir del mes de junio.

No obstante, la orden de cierre hecha pública hoy se realiza de manera escalonada y permitiendo a los departamentos del Gobierno de Aragón culminar sus políticas de gasto que ya están lanzadas.

Los plazos

Los expedientes de modificación presupuestaria que deban autorizarse tendrán entrada en la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería hasta el 27 de noviembre. No obstante, la norma regula también las excepciones a esta regla.

Respecto al registro y tramitación de documentos contables de ejecución del presupuesto de gastos, tanto los documentos contables “A” como “AD” tendrán entrada para su fiscalización hasta el 4 de diciembre.

Las propuestas de documentos contables “D” tendrán de plazo hasta el 15 de diciembre y las propuestas de documentos contables de la fase “O” deberán recibirse en las intervenciones delegadas hasta el 30 de diciembre.

En los expedientes de gasto financiados total o parcialmente con fondos finalistas, la entrada de los expedientes en la correspondiente intervención se extiende hasta el 16 de diciembre en el caso de los documentos “A”, “D” o “AD” y hasta el 30 de diciembre en los expedientes que contengan reconocimiento de obligaciones “O”.

La orden de cierre contempla también las posibles autorizaciones de excepciones que podrán ser aprobadas por el consejero de Hacienda, previa petición del departamento correspondiente y con motivación que justifique la excepcionalidad.

A partir del primer día hábil de 2021, la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería procederá a la apertura del presupuesto mediante la carga informática de todas las estructuras presupuestarias, del importe de los créditos iniciales e ingresos estimados y de la plantilla presupuestaria aprobada para el ejercicio.

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